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Tribunal de EE.UU respalda decisión de Estado dominicano de paralizar proyecto turístico

La República Dominicana obtuvo una decisión favorable ante la Acción en Nulidad de Laudo presentada por los señores Michael y Lisa Ballantine ante la Corte Federal de Distrito del Distrito de Columbia, después de la desestimación por un Tribunal Arbitral de su reclamo de una indemnización de US$41.5 millones  por la paralización de un proyecto turístico inmobiliario que violaba las leyes ambientales del país.

De acuerdo con la Dirección de Administración de Acuerdos y Tratados Internacionales (DICOEX) del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), la Corte Federal de Distrito del Distrito de Columbia denegó la petición de los Ballantine de anular el Laudo y cerró el procedimiento.

El juez estuvo de acuerdo con el argumento principal de la República Dominicana, de que la notificación de los Ballantine fue entregada al Estado dominicano demasiado tarde (es decir, luego de transcurrido el plazo de los tres meses) y, por lo tanto, no conoció los méritos de la petición de los Ballantine.

La demanda de nulidad fue sometida a raíz del Laudo definitivo que emitiera el 3 de septiembre del 2019 el Tribunal Arbitral que conoció sobre el reclamo de los señores Ballantine, en el marco del Capítulo 10 sobre Inversión del Tratado de Libre Comercio República Dominicana-Centroamérica- Estados Unidos (DR-CAFTA).

Mediante dicho laudo, el Tribunal había desestimado la demanda arbitral por ausencia de jurisdicción, evitando que el Estado dominicano pagara a los demandantes la suma de US$41.5 millones por alegados daños directos y morales.

Posteriormente, los Ballantine iniciaron una acción para revocar el Laudo. En particular, solicitaron ante la Corte de Distrito del Distrito de Columbia que el Laudo fuera anulado ya que, entre otras cosas, supuestamente la mayoría del Tribunal había ignorado la ley que el mismo Tribunal Arbitral había referido que era relevante para el caso y que supuestamente uno o ambos árbitros (miembros de la mayoría), no eran imparciales, según detalla el MICM.

De acuerdo a lo detallado, la Dirección de Comercio Exterior, como Autoridad Nacional Coordinadora, estuvo a cargo de liderar el proceso de defensa del Estado junto al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.

Cabe resaltar que en el 2014 el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales del país caribeño no autorizó la expansión del proyecto antes mencionado, un compleho inmobiliario ubicado en el Parque Nacional Baiguate, y que incluía residencias de lujo, hotel, spa y restaurante.

De acuerdo con el ministerio, el proceso de expansión se rechazó debido al impacto ambiental que éste iba a tener en dicha área.

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