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Recomendaciones legales para la formalización de Pymes y Micropymes

Foto del escritor: EditorialEditorial

(M&T)-.  Al momento de buscar el desarrollo comercial y crecimiento de su emprendimiento, dejar de lado el cumplimiento de las obligaciones legales, será un que dificultará lograr esas metas. Por este motivo, Alejandro Vargas, especialista en Derecho Comercial y Corporativo de Nassar Abogados, aconseja a las pequeñas y medianas empresas buscar la formalización de los emprendimientos para evitar contingencias por el incumplimiento de sus obligaciones.

¿Qué debe hacer para formalizar su negocio? En conmemoración al 27 de junio, Día Mundial de las PYMES y MICROPYMES, Vargas explica algunas recomendaciones legales a las personas emprendedoras que quieran iniciar esta ruta.

Las obligaciones dependerán del vehículo que se utilice para el desarrollo del emprendimiento, ya sea una sociedad mercantil o realizarlo como persona física. Las sociedades más utilizadas son la Sociedad Anónima y la Sociedad de Responsabilidad Limitada. Sin embargo, la decisión dependerá en gran medida si la PYME se realiza con otros socios, además de aspectos de responsabilidad personal y patrimonial a considerar.

Debido a la entrada en vigencia de legislación aplicable a sociedades mercantiles en los últimos años, las obligaciones anuales de mantenimiento corporativo han aumentado y se deben tener muy presentes para evitar sanciones. Entre estas se incluye: la Declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, el pago anual del impuesto de personas jurídicas, timbre de educación y cultura, y la celebración de la asamblea anual de socios.

Adicional a estas obligaciones corporativas y dependiendo del giro del negocio, todas las empresas que realicen una actividad empresarial deben inscribirse como contribuyentes ante las Autoridades Tributarias, y cumplir con la presentación de las declaraciones anuales y mensuales, incluyendo: las declaraciones informativas, declaración de renta, impuesto sobre el valor agregado, de retenciones, entre otras.

Según Vargas, se recomienda a las PYMES asesorarse a nivel tributario y contable para el cumplimiento de estas obligaciones.

Por otro lado, aquellas empresas que tengan empleados y locales u oficinas abiertas, deberán cumplir con la inscripción como patrono y pago de las cuotas obrero patronales ante la CCSS, obtención de la póliza de riesgos de trabajo, permiso sanitario de funcionamiento y la patente municipal.

“Finalmente, sugerimos su inscripción como PYME ante el Ministerio de Economía Industria y Comercio para beneficios tales como la exoneración del pago de algunos impuestos, posibilidad de obtención de recursos, contratación con el Estado. Por otro lado, es recomendable la obtención de la firma digital, ya que actualmente muchos trámites se pueden realizar por medios digitales”, concluyó el especialista de Nassar Abogados.

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