El mismo regula la creación y funcionamiento de las ZDEEP, que son una herramienta de carácter económico que podría utilizar el país y que pretende, por medio de ciertos incentivos (fiscales), territorializar externalidades positivas en áreas específicas del país.
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En ese sentido, se establece que las ZDEEP deberán generar desarrollo económico y social, así como oportunidades de empleo, ingreso digno y transferencia de tecnología. En ese orden de ideas y para tener incidencia en el desarrollo económico del país, las ZDEEP serían parte de una política que propicie desarrollo en zonas que han sido identificadas como áreas económicamente deprimidas.
El reglamento de la ZDEEP establece que el Estado, por medio de ZOLIC, incentivará la inversión, sacrificando ingresos tributarios, los cuales deberán ser compensados por medio de un impacto positivo en la economía por medio de la creación de empleo formal, la generación de ingresos y de atracción de inversiones. La novedad de las ZDEEP es que estarán en territorios focalizados, por lo cual el reglamento establece que para la aprobación de los proyectos de ZDEEP se deberá fundamentar, principalmente, en el impacto económico y social en la zona donde se pretenden instalar.
Un aspecto económico relevante es que el reglamento regula el hecho de que las ZDEEP serán generadoras de empleo formal; esperando que, en todo caso, las inversiones que se instalen sean significativas, que generen y permitan transferencia de tecnología al país. Se tiene la expectativa de que, si estas condiciones se cumplen, las ZDEEPS serán de beneficio económico y social para Guatemala.
Desde que cobró vigencia en Guatemala el Reglamento para la Autorización, Habilitación y Funcionamiento de las ZDEEP, como una ampliación de la figura de ZOLIC que opera en Izabal, diversos empresarios han mostrado interés por instalar en tres áreas del país esta figura que brinda entre otras bondades, beneficios fiscales.
De acuerdo con Alfonso Algara, presidente de la Junta directiva de ZOLIC, en la actualidad la institución mencionada está en fase de ampliación pues de las 30 hectáreas que posee, el 95% ya está ocupado por 50 usuarios o empresas, por lo que están buscando les adjudiquen más área para alcanzar las 50 hectáreas.
Debido al éxito alcanzado por ZOLIC, se proyecta que la ampliación mencionada podría generar alrededor de 7,000 puestos de trabajo adicionales, entre empleos directos e indirectos, transportistas y otros servicios.
Según lo detallado, la diferencia entre ZDEEP y el régimen de zonas francas radica en que en las primeras es posible realizar actividades como producción, fabricación, embalaje, almacenamiento, distribución, entre otras relacionadas la industria, comercio y servicios. Otra gran diferencia es que los productos o artículos que se produzcan o procesen pueden tener como destino la exportación, pero también pueden venderse en el mercado interno.
Prácticamente cualquier empresa se puede instalar, con excepción de actividades relacionadas con extracción de minería y de petróleo, así como de las empresas que ya están operando en el país (que no obtendrían la exoneración del ISR) y que ya tributan a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), el ISR y los impuestos de importación.
El principal requisito para que una empresa sea habilitada como ZDEEP es presentar a la Junta Directiva de ZOLIC un proyecto que demuestre el impacto económico, social y productivo que generarán en el territorio en el que planean instalarse sin importar en qué parte del país estén ubicadas.
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