(M&T)-. En Guatemala el teletrabajo nos ha tomado por sorpresa, pues tuvo que implementarse debido a la pandemia, sin tener muy claro de qué se trataba y la forma correcta de manejarlo. El 17 de marzo del año pasado, cuando el Presidente ordenó que debían cerrar todas las empresas, la mayoría de empleadores inició un teletrabajo con sus empleados sin saber realmente cómo éste se desarrollaría, qué herramientas se necesitaban e incluso en algunos casos, se determinó que los días, mientras se permitía iniciar nuevamente las operaciones físicamente, eran a cuenta de vacaciones, pues se consideraba que no sería un plazo muy largo.
El sector laboral, al igual que otros sectores, se sentía perdido en medio de una pandemia, pues era una situación sin precedentes y no se había colocado en el mapa de riesgos dentro de las empresas, por lo que tocó irse adaptando sin directrices claras. Los trabajadores entonces empezaron a desarrollar las labores desde su casa debido al confinamiento, pero los problemas se suscitaron cuando no contaban con las herramientas necesarias para realizar su trabajo, como internet, computadora, impresora, un lugar adecuado para la realización de la labor y en algunos casos en los que los trabajadores tenían una sola computadora en casa y los hijos también debían conectarse en línea para recibir clases, la realización de sus labores se veía bastante limitada.
El teletrabajo, no es una modalidad nueva en el mundo, existen países como Brasil y Colombia que llevan muchísimos años implementándolo, sin embargo en nuestro país no se aplicaba, excepto en los casos de trabajadores que laboraban para empresas que tienen sus sede en otro país sin tener un lugar físico para presentarse a trabajar en Guatemala, por lo que su relación laboral se maneja de forma totalmente virtual, su pago de salario incluso proviene de otro país. Sin embargo, la pandemia forzó a su implementación en casi todo el mundo, y en nuestro caso sin contar con una legislación que lo regule y a nivel interno de empresa, sin una planeación estratégica que en ese momento permitiera que fuera totalmente efectivo.
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Es por ello que se hace tan necesario entender el contexto real de esta modalidad, su definición, requerimientos, beneficios y retos que presenta para de esta manera regularlo. En este sentido podemos iniciar diciendo que teletrabajo es toda actividad intelectual, física o de ambas, que desarrolla una trabajador para un empleador en función de una relación o contrato individual de trabajo, permitiendo que la misma se desarrolle fuera del centro de trabajo del empleador, utilizando las tecnologías de información y comunicación como herramienta principal para desarrollar su labor, sin una dirección inmediata presencial y cumpliendo con metas previamente establecidas.
El teletrabajo es parte de la flexibilidad laboral, que nos invita a pensar fuera de la caja, adaptarnos y competir de mejor manera en un mundo globalizado. Al aplicarlo de manera adecuada tiene grandes beneficios pues le permite a los trabajadores una mejor calidad de vida, disponibilidad de horarios, disminución de estrés, reducción de tiempo invertido en el desplazamiento hacia el centro de trabajo y mayor convivencia con su familia, factores que finalmente incrementan el rendimiento laboral.
Sin embargo, no todas las labores pueden ser realizadas bajo esta modalidad, pues los puestos sumamente operativos, que implican el manejo de maquinaria industrial o desarrollo de actividades con herramientas muy especializadas, quedan fuera de este ámbito. Por el contrario todos aquellos puestos que requieran solamente el uso de tecnologías informáticas y de comunicación, comúnmente conocidas por sus siglas TIC, son completamente adaptables a esta modalidad, pero implica que el empleador debe proveerlas al trabajador, pues de lo contrario no podrá exigir resultados en el desarrollo de las labores, al no poseer las herramientas necesarias.
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