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El Gobierno de El Salvador recuerda a los contribuyentes el plazo para presentar la declaración del

Por: Fátima Gómez

(M&T).-  Los ciudadanos que todavía no han presentado la Declaración del Impuesto sobre la Renta correspondiente a 2021 aún disponen de nueve días para hacerlo. El próximo 2 de mayo es la fecha límite para hacer el trámite, informó el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Esta cartera de Estado hizo un llamado a los contribuyentes para realizar en el tiempo establecido su declaración, a fin de evitar multas por retraso.

El Gobierno está ofreciendo facilidades para declarar este impuesto. Los contribuyentes deben ingresar al sitio web del Ministerio de Hacienda http://www.mh.gob.sv en la pestaña de Servicios en Línea de la DGII.

Respecto a la recaudación de impuestos, “durante los dos primeros meses de este año teníamos alrededor de $200 millones más de lo proyectado y en marzo habíamos recolectado más de $300 millones”, destacó el ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya. Si sigue ese ritmo, se superará lo proyectado y permitirá al Gobierno seguir construyendo más obras en beneficio de la población.

Ahí, el contribuyente puede encontrar el cálculo automático de sus ingresos, gastos e impuesto retenido que lo llevan a definir su presentación del Impuesto sobre la Renta (ISR). El proceso y servicio en línea están disponibles para personas naturales y jurídicas las 24 horas, a fin de facilitar el acceso.

Con la homologación del Número de Identidad Tributaria (NIT) con el Documento Único de Identidad (DUI), las personas naturales pueden ingresar a la plataforma utilizando el DUI, mientras que las personas jurídicas (empresas) y los extranjeros seguirán accediendo a los servicios en línea a través de su NIT.

La presentación del ISR es solamente a través del sistema digital, el cual trae beneficios importantes: refleja información certera de ingreso y retención del ISR, reportada por los agentes de retención a nombre del contribuyente, indica si está obligado o no a presentar declaración, permite imprimir el mandamiento de pago, evitando inconsistencias e imprecisiones del monto y evita colas para no tener que ir hasta las oficinas de Hacienda. Puede tramitar pago a plazos hasta un máximo de seis cuotas o realizar pagos parciales hasta el 30 de abril, sin intereses.

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