Por: Eric Garro
Son muchos los aspectos que se deben tener en cuenta a pocos días de la entrada en vigencia del nuevo Impuesto al Valor Agregado (IVA). Dependiendo de su actividad económica y de cada uno de los productos o servicios que usted comercialice, tendrá que cobrar 13%, 4%, 2% o 1% por concepto de este impuesto, o facturar exento.
Guillermo Varela, director ejecutivo de la Asociación GS Uno recomienda solicitar a los proveedores de su solución de factura electrónica, habilitar la opción que le permita ir agregando los porcentajes automatizados, especialmente si están sujetos a un comportamiento escalonado en los próximos cinco años.
Es importante además comprender y analizar la ley, los reglamentos, decretos y resoluciones que el Ministerio de Hacienda ha publicado. Así podrá conocer las obligaciones, los documentos de referencia para consultas y realizar los ajustes técnicos pertinentes en el sistema de información que administra todo el proceso contable de la empresa y por supuesto, el sistema de facturación electrónica.
“Si los contribuyentes no se preparan adecuadamente e incurren en errores de facturación, enfrentarán rechazos por parte del sistema de validación de factura electrónica del Ministerio de Hacienda, lo que significará reprocesos internos que disminuirán la eficiencia”, afirmó Varela. Asimismo, es importante recordar que si existen errores en la información de las facturas electrónicas, las empresas se pueden exponer a sanciones económicas.
Actualmente, se está a la espera de que Hacienda publique los códigos de cada producto y servicio que deberán llevar en la factura electrónica y que permitirá definir automáticamente la tarifa que debe cancelar. Estos códigos entrarán a regir como campo obligatorio a partir del 01 de enero del 2020.
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