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Costa Rica: ¿Qué variación trae el cambio del período fiscal al presentar los estados financieros?

Por: Malka Mekler | malka.mekler@connectab2b.com

Con la entrada en vigencia de la Ley de fortalecimiento de las Finanzas Públicas en Costa Rica se generó un cambio en cómo se medía el período fiscal en el país, el cual a partir del 2020 pasó al mismo formato del año calendario, es decir, irá del 1 de enero al 31 de diciembre. Anteriormente el período fiscal iniciaba el 1 de octubre y finaliza el 30 de septiembre del año siguiente.

Dicho cambio obliga a las empresas y contribuyentes a considerar la elaboración de sus declaraciones de Impuestos sobre la Renta y Estados Financieros tres meses adicionales, ya que por el traslado el periodo fiscal actual consta de 15 meses.

Ante esta situación, ¿qué cuidados deben tener los contribuyentes a la hora de hacer y presentar sus Estados Financieros en un periodo fiscal que no es habitual?

Según Carlos Vargas Alencastre, CEO de TPC Group, los Estados Financieros proporcionan información confiable y razonable sobre la situación financiera, rendimiento financiero y flujos de efectivo de una empresa, para tomar decisiones económicas en determinado momento.

“Es por esto que un aspecto muy importante es que los Estados Financieros sean comparables con los de periodos anteriores, así como con los de otras entidades. En una situación atípica como la que sucede este año en Costa Rica, en donde el periodo es de 15 meses y no de 12, las empresas deben informar del periodo cubierto, especificando la razón para utilizar un periodo de duración superior, y el hecho de que los importes presentados en los Estados Financieros no son totalmente comparables”, explicó Vargas Alencastre.

Añadió que así está señalado en el párrafo 36 de la Norma Internacional de Contabilidad (NIC N° 1) – Presentación de Estados Financieros. La misma establece las guías para la presentación de Estados Financieros de Propósito General.

“Desde el punto de vista de presentación, con la finalidad de regularizar los nuevos cierres contables, se deben presentar los Estados Financieros comparativos. Específicamente, Estados Financieros al 30 de septiembre de 2019 (período de 12 meses), Estados Financieros al 31 de diciembre de 2020 (período de 15 meses), y las notas revelatorias comparativas con las mismas fechas”, indicó Vargas Alencastre.

Debido a esto, el papel del auditor toma un rol más importante, ya que la auditoría se deberá realizar sobre los estados financieros al 31 de diciembre del presente año. En el dictamen de auditoría debe indicar lo siguiente: título del estado financiero al 31 de diciembre 2020 e indicar que corresponde a un período de 15 meses, la opinión no se cambia, en “otros asuntos” se debe mencionar el motivo de las irregularidades del actual período y el motivo del cambio.

Por último se debe mencionar el Acta de Asamblea de Accionistas donde fue aprobada tal decisión. “La responsabilidad del auditor es expresar una opinión sobre los estados financieros de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera-NIA. El auditor no modificará su opinión, debido a que los mismos se encuentran preparados bajo el marco contable aplicable. Hoy por hoy, definitivamente las asesorías en auditoría son instrumentos de gestión relevantes para las empresas en pleno proceso de cambios en modelos contables”, concluyó el CEO de TPC Group.

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